miércoles, 20 de abril de 2016

Análisis sobre la Paridad en la Política

Les comparto tres noticias sobre la participación de las mujeres candidatas en México en las elecciones del 2015, luego de haber sido aprobada la ley de paridad. Les invito a leerlas reflexionando la siguiente pregunta: ¿Ha sido suficiente? ¿Se refleja verdaderamente una paridad?


Por: Aurora Zepeda  


CIUDAD DE MÉXICO, 28 de junio.- Al presentar el primer informe del Grupo de Trabajo de Género, No Discriminación y Cultura Laboral, las consejeras del INE Adriana Favela y Pamela San Martín subrayaron los resultados de las nuevas políticas a favor de la equidad entre hombres y mujeres que plasmó la reforma electoral en las leyes en la materia.

De esta manera, resaltaron el porcentaje de mujeres que ganaron una diputación por mayoría relativa, lo que se sumará a las que se designen por representación proporcional y el porcentaje de distritos ganadores en los partidos que fueron asignados a mujeres, así como el número de distritos no ganadores tradicionalmente que fueron conquistados por candidatas.

Actualmente la Cámara de Diputados está conformada por 186 mujeres, es decir el 37.2 por ciento del total de curules.

Hasta el momento no se han asignado las diputaciones de representación proporcional, pero en las de mayoría relativa, al menos 117 mujeres ganaron una curul.


Por: Daniela Jerez


Las grandes perdedoras en las elecciones de este proceso electoral del 2015 fueron las mujeres. De las 11 candidatas a gobernadoras, únicamente Claudia Pavlovich se alza con un virtual triunfo en Sonora.

Las candidatas y los partidos

El Partido Revolucionario Institucional (PRI), postuló a 2 candidatas para gobernadoras en Nuevo León con Ivonne Álvarez García y en Sonora con Claudia Pavlovich.

El Partido Acción Nacional (PAN), postuló también a dos mujeres: Luisa María Calderón en Michoacán y Sonia Mendoza Díaz en San Luis Potosí.

Por su parte, el Partido de la Revolución Democrática (PRD), postuló de igual forma a 2 candidatas: Beatriz Mojica Morga en Guerrero y Martha Zepeda del Toro por Collima.

Morena postuló a 3 mujeres para Campeche: Layda Sansores, a María Núñez Ramos en Michoacán y Celia Maya García en Querétaro.

Nueva Alianza hizo lo propio en Guerrero con Karime Sevilla y el Partido Humanista lanzó a Olimpia Álvarez Casanova en Campeche.

La realidad

Lamentablemente, la única mujer que, hasta ahora podría llegar a gobernar un estado es Claudia Pavlovich, la postulada del PRI en Sonora.

Para que te hagas una idea de qué tan mal estamos, actualmente el país NO tiene una sola gobernadora.

La última gobernadora que tuvimos en México fue Ivonne Ortega Pacheco, en Yucatán, de 2007 a 2012.

Pese a los esfuerzos realizados este año por el Gobierno Federal y el Congreso de la Unión de luchar por la paridad de género, parece que la ciudadanía aún no se atreve a impulsar a las mujeres en los distintos cargos públicos.


¿A qué se debe? La violencia política que sufren las mujeres queda demostrada una vez más.

Por: Claudia Calvin

Nunca habían participado tantas mujeres como candidatas como en las elecciones del domingo 7 de junio. Esto es una prueba clara de que hacen falta acciones afirmativas para establecer un “piso parejo” que garantice que la participación y representación de candidaturas sea igual.

La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.   Este derecho quedó establecido en la Plataforma de Acción de Beijing en 1995 como una de sus 12 esferas prioritarias de interés. La realidad, 20 años después, es que a nivel mundial, hoy en pleno 2015, el porcentaje de mujeres parlamentarias en el mundo apenas supera el 20%.

Rumbo a este camino de igualdad y participación de las mujeres en la política, las elecciones que tuvieron lugar en México el pasado domingo 7 de junio marcan un hecho histórico para México, para América Latina y para el mundo, el cual puede leerse en dos sentidos: como un avance y como una agenda pendiente.

¿Por qué es un avance?

Se puso a prueba la obligación constitucional de los partidos de registrar igual número de mujeres y hombres en sus candidaturas. Como bien señala Mari Carmen Alanís “Se logró la reforma Constitucional que obliga a que 50% de las candidaturas de los Congresos sean para mujeres. Se lograron reformas para evitar el registro de mujeres sólo en distritos perdedores; se estableció paridad en los ayuntamientos (vertical) y en algunos casos se logró en las alcaldías del estado (horizontal). Esto se conoce como paridad formal (la letra en las leyes)”.
Se registraron 13 candidatas a gobernadoras, 2248 mujeres para el Congreso federal (dos mil 644 candidaturas a diputaciones federales fueron por el principio de mayoría relativa, y mil 852 de representación proporcional o plurinominales) y cerca de 2 mil para los congresos locales. Se registró el 50% de Síndicas y Regidoras en los 882 ayuntamientos a reelegirse y el registro de 50% de mujeres a alcaldías sólo se logró en 6 de 16 estados.

Falta, como queda claro, que se cumpla la paridad horizontal y en las elecciones futuras, la paridad será obligatoria. Esto es un gran avance en la construcción de la democracia mexicana y en la consolidación de una cultura política igualitaria, equitativa y participativa.

El número de mujeres registradas para participar en la elección como electoras y votantes fue de 43 millones 343 mil 555 mexicanas en todo el país, lo que representa el 52 por ciento de la Lista Nominal de electores. Hubo un alto abstencionismo en estas elecciones y falta aún la lectura desagregada y detallada respecto a la participación de mujeres y hombres.
Nunca habían participado tantas mujeres como candidatas. Esto es una prueba clara de que hacen falta acciones afirmativas para establecer un “piso parejo” que garantice que la participación y representación de candidaturas sea igual. Si las mujeres representan a la mitad de la población (de hecho el 51%) su participación en candidaturas y en la toma de decisiones debe ser igual. Faltan condiciones para que la participación sea igualitaria y equitativa, pero la reforma Constitucional fue un avance para el establecimiento de condiciones en este sentido.

¿Qué queda en la agenda pendiente?

Los resultados indican que falta mucho por hacer. Al momento de escribir este texto, el único estado en el que aparentemente habrá una Gobernadora es Sonora, con Claudia Pavlovich del PRI como virtual ganadora. Será la única mujer gobernadora en el país.

Además del cumplimiento de la paridad horizontal, en esta agenda pendiente está el fortalecimiento de liderazgos políticos de las mujeres y el trabajo al interior de los partidos para promover no sólo la paridad, sino la construcción de una cultura partidista con perspectiva de género, incluyente e igualitaria.

A esto hay que sumar el trabajo a favor del impulso y visibilidad de las voces de las mujeres, afuera y adentro de los partidos, para construir una cultura democrática, participativa e incluyente. Hacen falta mujeres líderes en los partidos, pero también mujeres interesadas en la política afuera de ellos, que puedan no sólo ser candidatas independientes, sino líderes políticas capaces de impulsar propuestas, agendas y acompañar el proceso democrático que el país necesita.

A nivel mundial sólo dos países tienen un número paritario o mayor de mujeres en el parlamento: Rwanda con el 63.8% y Andorra con el 50%.

La participación de las mujeres en la toma de decisiones políticas es importante no sólo por tratarse de un tema de justicia, sino porque su voz representa a la mitad de la población y está demostrado que cuando ellas participan el enfoque en la toma de decisiones se amplía y tienen impacto en el desarrollo, el buen gobierno y la democracia efectiva, así como en la construcción de una cultura de paz. (La literatura sobre esto es amplísima y los estudios del Banco Interamericano de Desarrollo, ONUMujeres, Banco Mundial, OCDE, Foro Económico Mundial, CEPAL, entre otros, dan cuenta de ello).

Hay que impulsar, también, la participación de las mujeres como votantes. Representan la mitad del padrón y su voz cuenta y es importante.

Apostar por el empoderamiento político de las mujeres es un buen negocio para el país y todas y todos ganamos.

Sigamos de cerca los avances, apoyemos estos liderazgos y presionemos para que los temas pendientes se conviertan en hechos.







lunes, 18 de abril de 2016

Cuadro Comparativo de Leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (México)


Haciendo 'click' en las imágenes podrás apreciar este cuadro comparativo entre diversas leyes, enfocado en los tipos y modalidades de violencia contra la mujer. Así como en dos de los mecanismos estatales para proteger la mujer: la alerta de violencia contra la mujer y las órdenes de protección.








domingo, 17 de abril de 2016

POSTALES: ¡No al Feminicidio!






Tipos y Modalidades de Violencia Contra las Mujeres

La Violencia Contra las Mujeres

La violencia contra las mujeres es un problema grave que afecta gravemente la nuestras sociedades latinoamericanas y que constituye una violación a los derechos de las mujeres incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Es importante conocer los tipos y las modalidades de la violencia para ser más conscientes y poder ayudar a las posibles víctimas de nuestro entorno.

Por medio de algunas imágenes pretendo presentar cuáles son estos tipos y modalidades de la violencia contra las mujeres, de acuerdo a la LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA de los Estados Unidos Mexicanos:

Tipos de Violencia Contra las Mujeres

  • Violencia Psicológica: Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio.



  • Violencia Física: Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas.





  • Violencia Patrimonial: Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.



  • Violencia Económica: Es toda acción u omisión del Agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.



  • Violencia Sexual: Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto.




Modalidades de Violencia Contra las Mujeres: 


Las formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres.

  • Violencia Familiar: Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo Agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho.



  • Violencia Laboral y Docente: Se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.

VIOLENCIA LABORAL




VIOLENCIA DOCENTE



  • Violencia en la Comunidad: Son los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación, exclusión en el ámbito público.




  • Violencia Institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.


  • Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.






Fuente de la Información: 
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 
(19 de diciembre de 2006).